En vigor el registro de jornada
En tramitación el Real Decreto de registro horario digital
Última revisión: 18 de septiembre de 2026
Fichaje digital obligatorio: qué exige hoy la ley y qué está en tramitación
No, el fichaje digital no es obligatorio. Lo obligatorio desde 2019 es registrar la jornada: cada día, con la hora concreta de inicio y de fin de cada persona trabajadora, y guardarlo cuatro años (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, redacción del Real Decreto-ley 8/2019). El formato lo eliges tú.
Qué está vigente
Registrar la jornada, en cualquier soporte. Papel, hoja de cálculo o aplicación.
Lo que la Inspección sanciona no es el formato: es no llevar el registro, llevarlo mal o no poder acreditarlo.
Qué no está aprobado
El Real Decreto de registro horario digital no está publicado en el BOE.
- Su trámite de audiencia e información pública se cerró el 20 de octubre de 2025 (portal de participación pública del Ministerio de Trabajo y Economía Social).
- No hay fecha de entrada en vigor.
- Ningún plazo de adaptación ha empezado a contar.
- No existe homologación ni certificación oficial de aplicaciones de fichaje.
Si has leído que fichar en digital ya es una obligación, no lo es. A 18 de septiembre de 2026, no hay norma publicada que lo imponga.
Qué podría cambiar
En tramitación
Nada de lo que sigue es exigible hoy.
Si el Real Decreto llega a publicarse, plantea concretar cómo se lleva el registro de jornada. Hasta que aparezca en el BOE no sabemos con qué texto ni con qué plazos, así que aquí no enumeramos requisitos: sería adivinar.
Hay además un proyecto de Orden ministerial con los requisitos técnicos y de seguridad del registro de jornada. Su consulta pública previa estuvo abierta del 7 al 21 de marzo de 2026 y tampoco está publicado.
El proyecto de ley de reducción de la jornada, registro de jornada y desconexión fue rechazado por el Pleno del Congreso el 10 de septiembre de 2025 (expediente 121/000058). No hay texto nuevo en tramitación y no publicamos cifras de jornada semanal mientras no haya texto en el BOE que las fije.
Cuando el Real Decreto se publique en el BOE, actualizaremos esta página.
Qué debe hacer hoy una empresa
- Registrar entrada y salida cada día, por persona.
- Guardar cuatro años.
- Poder enseñarlo cuando lo pidan.
- No cambiar de sistema por miedo a una fecha que no existe. Si cambias, que sea porque el actual te da trabajo.
Cumple hoy. Prepárate para mañana.
Fuentes oficiales
- Art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores: BOE-A-2015-11430
- Real Decreto-ley 8/2019: BOE-A-2019-3481
- Estado de tramitación: portal de participación pública del Ministerio de Trabajo y Economía Social
Consultado el 18/09/2026.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el fichaje digital?
No. Registrar la jornada sí es obligatorio desde 2019 (Real Decreto-ley 8/2019). El formato lo elige la empresa. Hay un Real Decreto en tramitación que podría cambiarlo; a 18/09/2026 no está publicado en el BOE.
¿Es obligatorio fichar en digital en 2026?
No. A 18 de septiembre de 2026 no hay ninguna norma publicada que obligue a un formato concreto.
¿Qué plazo tengo para adaptarme?
Ninguno, porque no hay norma publicada de la que colgar un plazo. Lo que sí corre desde 2019 es la obligación de registrar la jornada.
¿Sigue valiendo el papel?
Sí. La ley no impone formato. Lo que se complica con el papel es localizar cuatro años de registros el día que te los piden.
¿Necesito un sistema homologado?
No existe ninguna homologación oficial. Nadie certifica aplicaciones de fichaje, porque la norma no fija requisitos técnicos.
¿Qué pasa si no llevo el registro?
Es una infracción grave (art. 7.5 de la LISOS). La multa se impone a la empresa por la infracción, no una por cada trabajador. La horquilla, con su artículo, está en la ficha de sanciones.
¿Vale fichar por WhatsApp?
Sí, si cada mensaje acaba convertido en un registro diario con hora de inicio y fin, conservado cuatro años. La ley no exige ninguna homologación.
¿Cambiará algo cuando se publique el Real Decreto?
Puede que sí. Cuando se publique en el BOE, lo contamos aquí con la fecha y el texto delante, no antes.
Cómo puede ayudar OVE
Con OVE el registro queda hecho cada día y guardado cuatro años. Se ficha de cinco formas:
- WhatsApp, en un mensaje, sin instalar nada
- PC o portátil, desde el navegador
- App de iOS y Android
- Vista Taller: un dispositivo compartido, tablet o PC, donde cada persona mete su código numérico
- Fichador físico
Incluido en todos los planes, desde 5 €/mes con pago anual. Pide tu prueba de 14 días, sin tarjeta.
Esta ficha forma parte del Observatorio laboral. Todas las obligaciones, en una página.
Última revisión: 18/09/2026. Fuentes: Real Decreto-ley 8/2019 (BOE-A-2019-3481) y artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430). Consultado el 18/09/2026.
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